martes, 11 de junio de 2013

UN TEXTO DE ESTEBAN SARASA SÁNCHEZ, 4




Esteban Sarasa Mitos y Ritos feudales en Aragón: El caso de Doña Brianda de Luna

El núcleo de la historia:
 
En síntesis, el caso es el siguiente. En 1378, doña Brianda de Luna había
abandonado a su marido, Lope Ximénez de Urrea, produciéndose gran división y
discordia entre los ricoshombres destos reinos y poniendo toda la tierra en armas
sin hallar remedio a la concordia. La susodicha doña Brianda -hermana de la condesa doña María de Luna, mujer del infante don Martín-, tras estar unida en matrimonio durante cuatro años con don Lope Ximénez de Urrea -descendiente de los condes de Aranda-, se apartaba de él con el pretexto de que en el tiempo que hicieron vida juntos siempre fue doncella como antes que se velase con don Lope, iniciándose la causa por este motivo y encomendándose la misma, por medio
del arzobispo de Zaragoza don Lope Fernández de Luna-tío del marido abandonado-, a los abades de Veruela y Montearagón, pronunciándose la sentencia a comienzos de 1379 en favor de la restitución de doña Brianda a su legítimo consortedon Lope Ximénez de Urrea.
Pero, entre tanto, doña Brianda, sin esperar el resultado definitivo de la sentencia
del divorcio, deseando ser madre y tener hijos, contrajo matrimonio por palabras de presente con don Luis Cornel -perteneciente al linaje de los Cómeles, uno de los más antiguos de Aragón, siendo don Luis biznieto del rey Pedro III habiendo de dicha unión un hijo antes de que se resolviese la causa de su anterior matrimonio, y siendo la interesada y don Luis parientes en cuarto grado.
Los ricoshombres de Aragón se levantaron en armas unos contra otros por
esta causa. Tres familias representantes de tres linajes involucrados en una guerra
feudal a causa de una separación matrimonial que atacaba directamente a uno de
los pilares más sólidos del "mito" feudal; desencadenándose de inmediato el
"rito" del enfrentamiento entre los linajes y, más concretamente, el de la tala y
arrasamiento de los lugares de don Luis Cornel, señor de Alfajarín, por parte del
agraviado don Lope Ximénez de Urrea. Por lo cual se inició, en 1381, una grave
alteración del orden al verse ayudado don Luis Cornel -que se refugiaría en su castillo- por familiares no sólo de Aragón sino también de Cataluña y Valencia, y tener que intervenir el rey que a la sazón se hallaba reunido en Cortes en Zaragoza, en las que se propuso remediar la situación, dando facultad al monarca -por acto de Cortes- para poner tregua entre los contendientes y proveer lo necesario para pacificar el reino.
A la tregua ordenada por el rey Pedro IV se avino don Lope Ximénez de
Urrea; no así don Luis Cornel que fue citado, en un plazo prudencial (9),

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(9) Por aquesto vos decimos e mandamos, e por las presentes (cartas) vos citamos e amonestamosque dentro XX días después de la present, a vos personalmente o en la vuestra habitación de Alfajarín, será presentada, parescanys ante nos personalment do quiere que seamos dentro en el dito regno... En otra manera certificamos vos que passado el dito tiempo, el qual vos assignamos por término perempte, nos procediriemos contra vos evuestros bienes segunt disposición de fuero e de la carta de la paz, e a nos pertenesce en eldito caso (ms. A-4, fols. 166v-167).


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