martes, 22 de noviembre de 2016

PERO CORNEL TRANSMITE UN DOCUMENTO:

Pero Cornel Volviendo al tema de Brianda de Luna, cuenta Jaime de Abiego, cronista del XVI del linaje de Urrea esto:

(transcrito directamente del documento)

Pero Cornel [Margen izquierdo: El hecho de doña Brianda de Luna]

Fue casado primero con doña Brianda [de Luna], hija de don Lope

de Luna, señor de Sogorbe y de doña Brianda de Agout su
muger. Fue hermana de la reyna doña Maria de Luna, muger
que fue del rey don Martin, dieronle en dote cienmil
sueldos y fue este casamiento hecho en el año mil trecientos
setenta y dos. Estubieron por tiempo de quatro años /o/ mas
que nunca pudo tener accesso a ella, y como estubo durase
mucho y no podia hallarse remedio porque dezian estaba
maleficiadas, tratose de diborcio en el año mil trecientos
setenta y seys, y entre tanto que se declarase fue por secresto
recogida la dama en casa del rey don Joan en compañia
de la reyna su muger, entonces aun principes de donde
don Luis Cornel, señor de Alfayarin, y de otras varonias
que era su pariente en quarto grado de consanguinidad
Pero Cornel [f. 44r]

la saco llebandola en Françia, se caso con ella como se dira ade-

lante. Tenia deudo, este don Luis Cornel con esta casa de Luna.
Su madre era doña Beatriz de Cardona, hija de don Remon
de Cardona y de doña Beatriz de Aragon, hija del rey don
Pedro terçero de Aragon, y era tambien primo hermano de
la condesa doña Violante de Arenosa, que estaba casada
con don Alonso, hijo del infante don Pedro marques de
Villena de manera que era muy poderoso y comprendia muc-
ho y el por su persona muy valeroso y poderoso en estos reynos.
Y el rey le faboresia don Lope visto lo que don Luis Cornel
habia hecho, començo de persegirle y le hizo tantos daños
en quemalle y destruille sus lugares y otras cossas suyas de
manera que, en el reyno habia grandes trabajos y desasosie-
gos y que, se esperaban maiores. Procuro el rey poner remedio
y asiento de paz y no pudo tomose por medio que estas diffe-
rencias se comprometiessen en poder del rey don Martin, en
tonces infante y casado con doña Maria de Luna, hermana
de la dicha doña Brianda. Habiendo ya siete años que esto
duraba, mas antes defirmar el compromis, [el] rey don Mar-
tin dio un cartel al arcobispo don Lope, tio del dicho don
Lope, scrito y firmado de su mano en pargamino sellado
eon su sello deste tenor.

Nos infant don Martin prometen en nostra bona
ffe a vos Reberent pare mossen don Lope de Luna Archebis-
be de saragossa e, fen agrament sobre les quatre evan
gelis que no procehiren ni difinirem cossa Alguna fue
vostra voluntad e, expres consentiment en la questio e,
contrast que es entre vos e, lo noble don Lope Ximenez
de Urrea vostre nebot de una part e, lo noble don Luis Cor-
nel de la part altra de la qual questio e, contrast per les
dites parts se (decofermar?) e, fer copromes en poder nostre
exceptat que duran lo temps del compromes (espuxca?)
Pero Cornel [f. 44v]

metre e, posar (tieua?) (o?) treves una, e moltes e, ay tantes

vegades con anos sera vist e, puxcan encara porrogarlo
temps del dit compromes ay tanes veus e, pera quel temps
que a nos plaura segons que en aquel sera contengut e,
silo contrario faien com que per res no entenen a fer que
no valga ni triga Anssia nullo cas e, van, e lo dit compromes
en alguna cosa no contrastant colem empero (eretemir?)
e, ab ay tal condisio fem lo present Albara que com la
dita questio sia per nos determinada (o?) lo det sera rom
put que la present cedula aya de ser a nos restituyda
e, tornada sens mostrarla a nengu en testimoni de veri
tat fem vos lo present Albara scrit de nostra ma saielat
ab lo nostre saiel en la ciutat de sogorbe a XXIIIº dias
de junio en lanno de nostre señor M. CCC. LXXXI.

No he hallado habiese, el infante, hecho pronunciaçion
en este hecho, ni que el compromiso fuesse firmado ni creo
hubiesse effecto, ni asiento el negocio por esta via porque
passo adelante el negocio hallase que el papa Clemente
septimo, que estaba en Aviñonpor la scisma que era obedesci
do en España, nombro commissarios que fueron el abbad
de Montearagon y el de Veruela, los quales declararon contra
doña Brianda en el año mil trecientos setenta y nuebe, y por
appellarse ella fue descomulgada y despachadas letras inti
matorias a dos de mayo deste año mil trecientos setenta y
nuebe. Y dellas se bolbio appellar doña Brianda y fue cometi-
da otra vez la causa a don Pedro de Luna cardenal de
Aragon, que despues fue Benedito trezeno, y el subdelegado
al arcobispo de Caragoça don Garçia de Heredia y a Joan
de Hobirats obrero de la Seo de Caragoça. Por esto digo no
tubo effecto el compromis que don Lope no dexo siempre
perseguir a don Luis Cornel y a doña Brianda, que le destruio
y quemo todas sus tierras, y hoy dia en Alfayarin ay memo
ria dello donde ay un varrio de muchas casas quemadas
Pero Cornel [f. 45r]

y les dizen las quemadas de Urrea. Tenia don Lope muchos ami-

gos, era sobrino del arçobispo don Lope y el don Blasco de Ala-
gon, tan deudos como se vehe que los aguelos de entrambos
fueron hermanos, y el por su persona de mucho valor tenia
esta quistion todo el reyno confuso y discordes todos, y ha
bia grandes turbaciones queriendolo el rey quietar
mando que, dentro ciertos dias compareciesen las partes
ante el, y no estubiese en el reyno fuessen ante el goberna-
dor que de otra manera procehiria contra ellos. Don Lope
parecio y no don Luis Cornel, mando el rey al gobernador
que era don Jordan Perez de Urries si don Luis venia lo
arrestase en Sariñena /o/ Balbastro /o/ en otro lugar conbi-
niente conque no fuesse Caragoça, y si quisiese pasar ante
el rey le dexase hir seguro, y no compareciendo al dia
asignado le occupase todos suslugares y pusiese en ellos
los pendones reales. No quiso don Luis compareçer al ter-
mino fuele tomada la hazienda, visto esto don Luis y lo que
don Lope le perseguia, fue a Valençia donde el rey estaba
con el seguro del gobernador y trato con el rey y la reyna
que doña Brianda se pusiese en poder de dos caballeros,
el uno por los reyes, el otro por don Luis en cuyo poder
estubiese hasta declarado el diborcio, y prometio el rey
a don Luis que, declarado consentiria se casasen doña
Brianda y que no la apremiaria a hazer otro matrimonio,
y assi lo prometio ella tambien al rey, y el rey hizo
promesa a don Luis de hazerle satisfaction de sus daños
pues lo pidiese por justicia, y don Luis dexo en poder
del rey y de la reyna lo que tocaba a la paz y de entre
el y don Lope y sus amigos y valederos. Fue esto tratado
en Valencia por el mes de março de mil trecientos ochen
ta y dos por esto, y aunque se puso tregua digo no tubo
effecto el compromis del infante don Martin, y aunque
Pero Cornel [f. 45v]

se puso tregua siempre las partes estubieron en vandos, y

la causa matrimonial se dilato muchos dias. Y en este medio
murio el arçobispo don Lope en el año mil trecientos ochen
ta y tres, declarose el diborcio por los dichos commissarios
y que cada uno dellos se pudiese casar con quien quisiese
a veynte y uno de octubre mil trecientos nobenta y uno, notifico
Remon de Balinest notario de Caragoça. Fue tanto lo que don Lope
persiguio a don Luis y doña Brianda, aunque era muerto
el arçobispo su tio que los costrinnio, a que mediante
carta publica hecha a tres de octubre del dicho año mil
trecientos nobenta y uno, antes de ser pronunçiado el dibor
çio se obligaron que, durante tiempo de quinze años no
estarian en lugar alguno donde el rey y la reyna /o/
don Lope estubiesen, y si acaso ellos estubiesen en algun lu
gar donde el rey y la reyna o/ don Lope llegassen de
ciertas horas despues de ser notoria la tal llegada se hubie
sen de hir de alli a pena de quinze mil florines, obligando
se ellos y los vasallos de don Luis a pagar la pena. Y por la
corte el justicia de Aragon fueron condempnados a veynte
y uno de octubre mil trecientos nobenta y uno por Jayme
Vicente, notario de Caragoça. Y con este asiento vinieron
don Luis y doña Brianda en Aragon y se casaron como con
el rey lo tenian concertado. Y don Lope se caso con la dicha
doña Sancha Perez en quien hubo los tres hijos que dixe.
Murio a veynte y ocho de octubre mil quatrocientos y dos.
Dexo en su testamento de gracia speçial a don Ximen
de Urrea, su hijo segundo y primero vizconde de Viota,
diez mil florines asegurados sobre Rueda, por los quales,
y por lo que montaron los fructos de Rueda del tiempo
que se dilato la paga, le hizo su hermano don Pedro ven-
dicion de la villa de Sestrica con carta de gracia a veynte
y seys de abril mil quatrocientos y quinze por Anthon
de Torralba, notario de Paracuellos de la Ribera y tomo
Pero Cornel [f. 46r]
la possession della a quinze de deziembre del dicho año,
y la tubieron el y su hijo hasta que la cobro el conde, mi señor,

con Viota y El Vaio como esta dicho.

TOMADO DE AQUÍ:
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